Agustín María García Ureta
Este trabajo examina el régimen jurídico europeo e internacional de aplicación al lobo (canis lupus), teniendo en cuenta que la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad se remite a esas normas para la inclusión de una especie en el denominado Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial que crea esta ley. Sin embargo, la Ley no resulta muy clara respecto de qué especies han de entenderse como “protegidas” a los efectos del Listado. En el caso del lobo, esto implica examinar su posición en tales instrumentos y analizar nociones clave para su protección como la de “estado de conservación favorable”. Para ello, el trabajo tiene en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre esa noción y también la evaluación global que consta en la red EIONET de la UE, que pone de manifiesto que tal estado es desfavorable.
Actualidad Jurídica Ambiental, ISSN-e 1989-5666, Nº. 111 (Abril), 2021, págs. 6-45